Arraigo en España

📢 ¿Hijos mayores de 26 años SIN PODER acreditar “a cargo” conforme al art. 93 y 94 del RD 1155/2024? Arraigo Social: una alternativa real

Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, a partir del 20 de mayo de 2025 se regula una nueva autorización de residencia temporal por ser familiar de persona con nacionalidad española en los arts. 93 y siguientes del Reglamento de Extranjería. 📌 El art. 93 y 94 definen esta autorización para personas extranjeras con vínculos familiares con una persona de nacionalidad española (cónyuge, pareja, hijos menores de 26 años u otros familiares a cargo).👉 Aunque ahora la edad máxima para hijos se amplía hasta los 26 años, para acceder a esta vía como “familiar […]

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ARRAIGO SOCIOLABORAL

1. TIPO DE AUTORIZACIÓN Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de dos años y cuenten con uno o varios contratos de trabajo. 2. NORMATIVA BÁSICA •             Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Artículos destacables: Artículo 31. Situación de residencia temporal 3. La Administración podrá conceder una autorización de residencia temporal por situación de arraigo, así como por razones humanitarias, de colaboración con la Justicia u otras circunstancias

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NUEVO ARRAIGO SOCIOLABORAL

El pasado 20/11/2024 se publicó el nuevo reglamento de extranjería lo que implica grandes cambios en la forma de regularizar la situación de los extranjeros en España. Una de las formas de obtener residencia en España, a partir del próximo 20/05/2025 será a través del Arraigo Sociolaboral. REQUISITOS GENERALES DEL ARRAIGO SOCIOLABORAL: Se podrá conceder una autorización de residencia temporal por razones de arraigo cuando la persona extranjera cumpla de forma acumulativa los siguientes requisitos generales:  a) Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de la presentación de la solicitud ni durante su tramitación.

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