El procedimiento de renovación de la tarjeta de residencia va a depender del tipo de nuestra tarjeta. Las tarjetas de residencia en el Régimen General tendrán condición de temporales o tarjetas de residencia de Larga Duración.
En el caso de renovación de tarjeta de residencia temporal esta deberá solicitarse durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización. La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento y esto significa que la persona podrá seguir trabajando mientras esta en el proceso de la renovación de su autorización aun con la tarjeta caducada. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, en su caso.
La renovación de la tarjeta de residencia temporal con autorización de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia está sujeta a las condiciones del tiempo de cotización a la Seguridad Social.
En el caso de tener una autorización de residencia por cuenta ajena y querer renovarla, te será de aplicación lo expuesto en el art. 71 del Real Decreto 557/2011. En términos generales debes saber que con la modificación de dicho reglamento en agosto de 2022 se reduce la cantidad mínima de los meses por año que debes acreditar teniendo la actividad laboral y se sitúa en tres meses como mínimo, debiendo demostrar que en el momento de solicitar la renovación figuras en la situación de alta o asimilada en la Seguridad Social. Sin embargo, las situaciones personales son muy diversas, con lo que deberías revisar si cumples los requisitos establecidos para la renovación exigidos por el Reglamento de Extranjería.
En el caso de solicitar la primera tarjeta de residencia de larga duración deberás acreditar que hayas residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años. Además, la obtención de residencia de larga duración no quedará afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de diez meses dentro de los cinco años de residencia previos. Puedes encontrar la información sobre el procedimiento de obtención de residencia de larga duración en el art. 148 y ss. del Real Decreto 557/2011.
Si ya dispones de residencia de larga duración próxima fecha de expiración de su vigencia, puedes renovarla directamente en la policía solicitando la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Sin embargo, debes saber que este tipo de tarjeta de residencia puede estar extinguida por permanecer fuera de España, entre otros requisitos, un tiempo superior a doce meses consecutivos, tal y como establece el art. 166 del Real Decreto 557/2011.
En este video te aclaramos las condiciones necesarias que debes cumplir para realizar la renovación de tu tarjeta de residencia:
Aquí puedes acceder a modelos de solicitud, procedimiento y requisitos expuesto en la página web de Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
inclusion.seg-social.es/web/migraciones/trabajo
Para cualquier consulta personal y resolución de tu situación particular te esperamos en nuestro despacho mediante una visita personal o consulta telemática.
