Arraigo Sociolaboral

ARRAIGO SOCIOLABORAL

1. TIPO DE AUTORIZACIÓN Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de dos años y cuenten con uno o varios contratos de trabajo. 2. NORMATIVA BÁSICA •             Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Artículos destacables: Artículo 31. Situación de residencia temporal 3. La Administración podrá conceder una autorización de residencia temporal por situación de arraigo, así como por razones humanitarias, de colaboración con la Justicia u otras circunstancias […]

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NUEVO ARRAIGO SOCIOLABORAL

El pasado 20/11/2024 se publicó el nuevo reglamento de extranjería lo que implica grandes cambios en la forma de regularizar la situación de los extranjeros en España. Una de las formas de obtener residencia en España, a partir del próximo 20/05/2025 será a través del Arraigo Sociolaboral. REQUISITOS GENERALES DEL ARRAIGO SOCIOLABORAL: Se podrá conceder una autorización de residencia temporal por razones de arraigo cuando la persona extranjera cumpla de forma acumulativa los siguientes requisitos generales:  a) Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de la presentación de la solicitud ni durante su tramitación.

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