RENOVACIÓN DE TARJETA DE RESIDENCIA Y TRABAJO TEMPORAL DE EXTRANJERO EN ESPAÑA

Residir legalmente como extranjero en España puede conllevar procesos burocráticos confusos, por lo que te diremos cómo renovar la tarjeta de residencia y trabajo temporal de extranjero.

Para todas estas personas que NO cuenten con un pasaporte de la Comunidad Europea, existe un reglamento que establece los parámetros para la obtención de la autorización y la renovación de las residencias, se trata del Real Decreto 557/2011.

Este Real Decreto en particular establece las reglas que deben seguir los extranjeros que quieren vivir y trabajar en España. Es como un manual de instrucciones para los extranjeros donde se establecen los procedimientos y los documentos que se necesitan, los requisitos que se deben cumplir y cómo pueden conseguir los permisos necesarios para estar en España.

Renovaciones de residencias laborales y sus condiciones

De acuerdo con el artículo 71 del Real Decreto 557/2011, los extranjeros que deseen permanecer en España de forma legal deben cumplir con la normativa vigente. Es por ello que quienes posean una autorización de trabajo y residencia inicial, temporal o una tarjeta de residencia por arraigo pueden solicitar su renovación al cumplir los requisitos establecidos.

La autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se renovará a su expiración en los siguientes supuestos:

1.       Cuando se acredite la continuidad en la relación laboral.

2.     Cuando el trabajador haya tenido un período de actividad laboral de al menos 3 meses por año y se encuentre en algunas de las siguientes circunstancias:

A)   Que haya suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde a las características de su autorización para trabajar y figure en situación de alta al momento de solicitar la renovación.

B)   Que disponga de un nuevo contrato que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 64 y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de la renovación.

3.  Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende, se haya interrumpido por causas ajenas a su voluntad y haya buscado activamente empleo.

Si no se cumple con alguno de los requisitos o si la persona no se encuentra en ninguno de los supuestos establecidos, puede realizar el informe de esfuerzo ante la comunidad autónoma, cuyo objetivo es demostrar un interés genuino en conocer y respetar la cultura, las leyes y los valores de España. La oficina de Extranjería valora estos informes de manera positiva en la mayoría de los casos.

Los documentos que se debe presentar dependiendo de supuestos:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–03) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador.
  • Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
  • En caso de tener a su cargo menores en edad de escolarización obligatoria, informe emitido por las autoridades competentes, autonómicas o estatales, o del centro educativo.
  • Se podrá presentar para la valoración por la Oficina de Extranjería, informe de integración de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia, en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de las lenguas oficiales para su valoración en caso de no cumplir con alguno de los requisitos para la renovación.
  • Documentación según el supuesto por el que se solicita la renovación:
    • Si se continúa con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar.
      • Documentación a aportar: No es preciso presentar ningún otro documento.
    • Si se puede acreditar la realización de la actividad durante un mínimo de tres meses por año.
      • Documentación a aportar: alguna de la siguiente
        • Contrato de trabajo en vigor con nuevo empleador
        • Nuevo contrato que reúna los requisitos del artículo 64.
        • Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el correspondiente Servicio Público de Empleo.
      • Si tiene otorgada prestación contributiva.
        • Documentación a aportar:
          • Acreditación de la concesión de la prestación contributiva.
      • Si es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
        • Documentación a aportar:
          • Acreditación de la concesión de la prestación asistencial.
      • Si la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
        • Documentación a aportar:
          • Acreditación de ser víctima de violencia de género (entre otros, podrá presentar orden de protección o informe del Ministerio Fiscal).
          • Acreditación de que la relación laboral se suspendió o extinguió como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
      • Si se puede acreditar haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro.
        • Documentación a aportar:
          • Acreditación de que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
          • Acreditación de que el trabajador ha buscado activamente empleo.
      • Si el cónyuge o la persona con la que el extranjero mantiene una relación de análoga afectividad a la conyugal del trabajador dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.
        • Documentación a aportar:
          • Acreditación de la relación conyugal o de pareja de hecho.
          • Acreditación de los medios económicos.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.

¿Cuándo se presenta la solicitud de renovación ?

La solicitud de Renovación de Autorización de Residencia Temporal se puede presentar en el plazo de sesenta días previos a la fecha de expiración de la tarjeta de residencia y noventa días posteriores a esta fecha.

Es recomendable, presentar la solicitud de renovación de residencia dentro de los sesenta días previos a la caducidad.

¿Dónde y cómo se realiza la presentación de solicitud de renovación?

Vía telemática a través de plataforma MERCURIO o a través de un registro habilitado dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente. La solicitud puede ser presentada por el propio solicitante, tanto por su representante debidamente autorizado.

Una vez resuelta favorablemente la solicitud de renovación por la Oficina de Extranjería, extranjero tendrá que poner las huellas en la Policía, previa obtención de cita previa como TOMA DE HUELLAS (EXPEDICION DE TARJETA, RENOVACION DE TARJETA DE LARGA DURACION Y DUPLICADO). Se puede acceder utilizando este enlace.

Para poner las huellas en la Policía será obligatorio aportar la Tasa modelo 790 Código 012 previamente pagada. Se puede acceder utilizando este enlace.

Importancia de realizar el procedimiento correcto

Es importante realizar el procedimiento correcto para poder obtener la renovación de tu residencia, ya que cualquier error puede causar retrasos o incluso la denegación de la solicitud. Es conveniente buscar asesoría para cumplir con cada uno de los requisitos y realizar todo el procedimiento en el marco reglamentario.

A lo largo de nuestra experiencia profesional hemos visto en varias ocasiones los errores referentes a la falta de cumplimiento de plazos de presentación de las solicitudes de renovación o simplemente defectos en no marcar las casillas de solicitud adecuadas. Simples errores que han llevado a la perdida de legalidad en España y es por ello por lo que insistimos en el asesoramiento adecuado y profesional incluso para este tipo de procedimientos que pueden parecer sencillos.

Aquí puede visualizar el video de nuestros asesores sobre el procedimiento de renovación de residencia:

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